Mundo Agrario, vol. 15, nº 30, diciembre 2014. ISSN 1515-5994
Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación.
Centro de Historia Argentina y Americana

 

ARTICULO/ARTICLE

 

Al territorio, por el camino de la memoria: dos jueces rurales evocan y listan a los habitantes de su jurisdicción y sus actividades económicas (Pago de los Arroyos, Santa Fe del Río de la Plata, 1738)

 

Darío G. Barriera

Investigaciones Sociohistóricas Regionales – Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), Rosario
Centro de Estudios sobre la Historia Social de la Justicia y el Gobierno (GEHISO) - Universidad Nacional de Rosario
Instituto Nacional de Historia del Derecho (Buenos Aires, CONICET)
Argentina
dgbarriera@conicet.gov.ar

 

Cita sugerida: Barriera, Darío (2014). Al territorio, por el camino de la memoria: dos jueces rurales evocan y listan a los habitantes de su jurisdicción y sus actividades económicas (Pago de los Arroyos, Santa Fe del Río de la Plata, 1738). Mundo Agrario, 15(30). Recuperado a partir de http://www.mundoagrario.unlp.edu.ar/article/view/MAv15n30a06

 

Resumen
En la nochebuena de 1734, un feroz incendio devastó el Real Alcázar de Madrid, sede de la familia Real y de la Corte. Felipe V ordenó levantar en su lugar un Palacio y, para sufragar los gastos de su fabricación, exigió contribuciones a todas las partes del cuerpo de la monarquía. Este artículo examina una de las miles de secuelas microscópicas desatadas por la Real Cédula firmada por Felipe V que ordenaba recaudar ese dinero: el empadronamiento de los habitantes ubicados en las campañas al sur de la ciudad de Santa Fe (gobernación del Río de la Plata, virreinato del Perú). Originado en una preocupación vinculada con datos demográficos, además de constituir un ejercicio metodológico sobre un padrón, el trabajo se propone articular las informaciones que obtiene de la fuente con hipótesis y cronologías atinentes al movimiento de la población en un territorio considerado por entonces riesgoso e inestable. Así, su contribución se ubica en el cruce entre el conocimiento del quehacer de los jueces rurales y el campo de la historia de las técnicas de gobierno de las poblaciones en los territorios americanos de la monarquía hispánica durante el siglo XVIII.

Palabras clave: Jueces rurales; Gobierno; Población; Ganadería; Territorio.

 

Memory maps: two rural judges listing the inhabitants of their district and his economics activities (Pago de los Arroyos, Santa Fe del Río de la Plata, 1738)

 

Abstact
The Christmas eve of 1734, a fire devastated the Royal Alcazar of Madrid, headquarters of the Royal family and of the Court. Felipe V ordered build in its place a Palace. To cover the costs, demanded a contribution to the cities of the monarchy. This text examines one of the consequences of this exigeance: listing the population of the south of Santa Fe, the rural judges made a padrón de pobladores. The author discuses hipothesys about the population of this territory and propose contributions about two others fields: the study of the minor judges and the study of the governamental technics at 18 century.

Key Words: Rural justices; Governance; Population; Ranching; Territory.


 

Introducción

Este texto tiene su origen en una nota a pie que comenzaba a tornarse extensa y que, justamente por eso, dejaba de cumplir su función. Inicialmente, sólo necesitaba dar una idea de las poblaciones rurales asentadas en la jurisdicción santafesina a lo largo del siglo XVIII –al menos, del número de habitantes y de sus actividades– pero esto exigía citar varios trabajos que se ocupan de diferentes momentos, hacer notar sus diferencias, criticar los procedimientos a partir de los cuales habían sido establecidas las cifras; en fin, una serie de operaciones (1) que volvían insuficiente el espacio de una referencia erudita. El camino corto fue apelar a un número más o menos consensuado e indicar que las fuentes son escasas y no siempre bien conocidas. (2) Pero así se abrió la brecha para que esto se transformara inmediatamente en un trabajo a realizar en el corto plazo: las prevenciones que despiertan los efímeros retazos de realidad sobre el pasado que dejan ver los repositorios me impulsaron a redactar y organizar para su discusión las reflexiones metodológicas que iba anotando al hilo del análisis intensivo de uno de estos “recuentos de hombres” que, utilizados para hacer historia, muchas veces se convierten en fuente demográfica. (3)

Este es el caso de la nómina de los habitantes del Pago de los Arroyos que aquí ofrezco y examino en detalle. Su transcripción me parece importante no solamente para sumar a las que ya existen para otros cabildos que obedecieron el mismo mandato, (4) sino también como insumo y como elemento de corroboración o discusión de las reflexiones metodológicas que propongo al hilo de su análisis.

El trabajo comienza con una descripción de su contexto de producción y sus características, continúa con la transcripción completa del documento y pasa enseguida al análisis que me sugieren las referencias territoriales, sus condiciones de producción y su contenido, relacionando el procedimiento utilizado por los jueces rurales autores del padrón con otras fuentes coetáneas, de manera de ofrecer una resolución heurística del problema que presenta el modo en que fue confeccionado.

El artículo, entonces, aunque originado inicialmente en el análisis de este singular documento, propone contribuciones en al menos tres órdenes: el primero, que no por evidente debe soslayarse, concierne a la historia rural colonial del sur santafesino (entre Coronda y el Arroyo del Medio poco antes de 1740), sobre cuyas imágenes clásicas se discuten aquí algunas hipótesis y cronologías; (5) el segundo es el que abona el conocimiento de los procedimientos y los perfiles de los jueces rurales (tarea que cada día cuenta con más estudiosos y mejores posibilidades de diálogo con latinoamericanistas y modernistas europeos); (6) y el tercero, que por su universalidad es el que plantea una mayor inserción del trabajo en contextos de discusión internacionales, es el que vincula la historia rural con el campo de la historia de las técnicas de gobierno de territorios y poblaciones, (7) horizonte presente a lo largo de todo el artículo.

El motivo y el procedimiento, o contexto de producción y técnica de los peritos

En la nochebuena de 1734, un feroz incendio redujo a cenizas buena parte del Real Alcázar de Madrid, donde residían la familia Real y la Corte. Medio millar de cuadros magníficos no gozaron de la suerte que asistió a Las meninas de Velázquez, sobreviviente célebre de la voracidad de las llamas. Felipe V ordenó levantar en su lugar un Palacio y, para sufragar el presupuesto de dos millones de pesos que demandaba inicialmente su fabricación (De la Plaza, 1975), redactó en 1737 una Real Cédula a través de la cual exigió –en el contexto de una fuerte carestía económica– contribuciones a todas las partes del cuerpo de la monarquía. En dicho marco, que para las ciudades de todos los reinos se había vuelto normativo, el cabildo santafesino ordenó en 1738 al alcalde de la hermandad del Pago de Coronda y los Arroyos –José de Benegas– y a uno de sus predecesores –Francisco de Frías, verdadero baquiano del área– (8) levantar un padrón de los pobladores del territorio bajo su jurisdicción para establecer cómo se distribuiría la carga que pesaba sobre la ciudad de Santa Fe, que era de $ 1200. (9) Aunque exigida a todos los reinos y provincias de la Monarquía, como en muchas otras ocasiones, cada ciudad resolvió el modo y las proporciones que consideraba más adecuados para repartir la carga entre su población. (10) La de Santa Fe decidió que la gabela sería distribuida entre sus distintas vecindades tomando en consideración las condiciones en las cuales se hallaban al momento. Por este motivo, el alcalde de segundo voto del cabildo santafesino, Francisco de Barrenechea, encomendó a los alcaldes hacer la correspondiente “…nómina […] de todos los vesinos moradores que tienen estansias pobladas en dho Pago [roto] ganados mayores y menores…”. (11) La comisión se libró el 8 de noviembre y los alcaldes de la hermandad de cada uno de los partidos (la Otra Banda y Los Arroyos) (12) debían reportar los resultados “con la brevedad que sea posible”, de modo que el cabildo pudiera proceder al reparto “con la mejor reflexión y equidad”. (13)

La respuesta de los comisionados para los Arroyos no se hizo esperar. Hallándose en Santa Fe con el sargento mayor Francisco de Frías, el 12 de noviembre Joseph de Benegas suscribió con su predecesor el escrito que respondía a la requisitoria del cabildo.(14) Según sus propias palabras, lo hizo desde la ciudad aprovechando que allí estaba, “…sin ser necesario que para ello físicamente nos hallemos endichos arroios por la perisia con la que tenemos compre endida la dicha giuridicion y sus abitadores…”. (15) Habían sido (y eran) jueces de proximidad, y precisamente por eso –porque en algún momento tuvieron contacto, porque supieron acercarse física, social y simbólicamente a sus gobernados– ahora podían prescindir de recorrer unas distancias.

Revisé la documentación coetánea –actas capitulares, autos y bandos de buen gobierno, notas del gobernador y del cabildo, etc.– y no aparece ningún indicio que permita cuestionar esa argumentación. Tampoco asoma una sola voz levantada contra la forma o sugiriendo que pudiera ser improcedente. Antes bien, parece que la práctica era allí y entonces admisible y el resultado final, tan aceptable como que el alcalde de segundo voto lo incluyó en su cuaderno de manera inmediata en los términos que aquí se transcriben.(16)

[133 v]

“En la siudad de Santa Fe de la bera Cruz en 12 días del mes de noviembre de 1738, el sargento maior, Don Josehp de Benegas Alcalde de la santa ermanda; en ella y su guridision Muy Ilustre Gdor. que Dios guarde digo. Que con bista de autos de estas fogas que el Sr. Alcalde de segundo boto suministró para dar cumplimiento a lo dispuesto y acordado por los señores del Ilustre cabildo, y en atención a allarse presente el Sargento Maior Don Francisco de Frías acompañado para formar la nómina que se pide de los besinos moradores que tienen estansias pobladas en los ar[r]oios desta gurisdision y sin ser nesesario que para ello físicamente nos allemos en dichos ar[r]oios por la perisia que tenemos conpreendida la dicha gurisdision y sus abitadores y para que [134] tenga efecto la brevedad que por dicho auto se encarga. Prosedimos a la dicha nómina en la forma siguiente.

[al margen]

“Primeramente –

001 “la estansia del Capitán Esteban de Oroño y Lucas Quenca; que residen poblados juntos con casas cor[r]al y ganados maiores y menores”

002 “la estansia de JhP de Belgara; ausente; en que reside su ierno Franco. Lares; conta con mui corto numero de bacas lecheras y caballos=”

003 “la estansia de Lorenso Billarroel poblado con casa cor[r]al bacas y caballos=”

004 “estansia poblada; de Andres Gomes con labransas con mui corto numero de ganados maiores y menores=”

005 “Estansia de Grabiel Mansilla; concasa poblada; unas pocas lecheras y caballos =”

006 “La estansia del Capitán Antonio Ludueña, con estansia poblada, en ella, ganados maiores y menores –”

007 “Estansia de JPh de Billaroel; con casa y cor[r]al. Y un corto número de ganados maiores–”

008 “Estansia poblada de JPh Morales con casa cor[r]al y ganados maiores [y menores]”

009 “Estansia de Juan Monson ; [roto] [la] [v] bransa; con corto número de ganado menor”

010 “Estansia del Capitán Don Domingo [¿Olmos?] con casa, cor[r]ales, y cría de ieguas–“

011 “Estansia de Agustín Péres con casa y un corto número de ganado bacuno”

012 “Estansia de Don Francisco Aguilera, con casa, y ganados maiores”

013 “Estansia de Santiago Montenegro, con labransas y tráfico de car[r]etas y un corto número de ganado vacuno.­–”

014 “Estansia de Pedro Montenegro, ausente, con algún corto número de ganado bacuno, con tráfico del comersio del Paraguai.”

015 “Estansia de los Gaitanes, Eusebio y […] sin mas que una tropilla de caballos, =”

016 “Estansia de Luis Farías, con casa, co[rto] número de bacas y caballos”

017 “Estansia de Thomas Gaioso, sin más que dos car[r]etas del [su] tráfico”

018 “Thomas Medina con casa y un corto número de lecheras y caballos”

019 “Bernardino Alsugarai con casa y algunos ganados”

020 “Estansia del Capitán Luis Moreira, con casa, y dos espesies de ganados maiores”

021 “Estansia de Juan Moreira con [135] cor[r]al y ganados maiores y menores”

022 “Estansia de JPh Morales el moso, con casa, cor[r]ales ganados maiores y menores-“

023 “Estansia de Agustín Medina, su rancho unas pocas lecheras y caballos–”

024 “Estansia de Juan de Mosquera y su ierno, Nicolás Mansilla, sus ranchos, labransas y caballos; –”

025 “Estansia de JPh y Miguel de Abalos con sus labransas, corto número de bacas y caballos; –”

026 “Estansia del Capn. Leonisio de Abalos, con casa, cor[r]al y un corto número de ganados maiores y menores –”

027 “Estansia de Gerónimo de Espíndola; con casa; labransas; y un corto número de ganados maiores y menores–”

028 “Estansia del Capitán Don Pedro Carballo, con casa; labransas; y un corto número de ganados maiores y menores–”

029 “Estansia de JPh de Saavedra; sus dos iernos, JPh Peres Geronimo Loas y un ijo mansebo, todos con un corto número de lecheras y caballos–”

030 “Estansia de Martín Leguisamo [roto, v] pocas lecheras y caballos”

031 “Estansia del Capitán Don Juan Gomes, […] con casas, labransas ganados maiores y menores–”

032 “Estansia de Roque Basualdo; con casa y un corto número de ganado bacuno y caballos–”

033 “Estansia de Pablo de Bera Pardo, poblada con casa, labransa, ganados, maiores y menores–”

034 “Estansia de Estanislao Figereo, con labransas y un corto número de ganados maiores–”

035 “Estansia de JPh de Aguilar, casa con labransa, ganado maior y menor–”

036 “Estansia de Luis Gomes, su rancho, corta labransa; y caballos–”

037 “Estansia de Carlos de Leguisamo; casa, labransa, corta. Caballos, y ieguas–”

038 “Estansia de JPh. Ramos, casa. Y un corto número de ganado bacuno–”

039 “Estansia del Capitán Pablo de Aguilar, con casa cor[r]al, sus labransas, y un corto número de ganados, maiores–”

040 “Estansia del Capitán Diego Monson; su ierno Tibursio Martínes, sus ranchos [136] labransas y ganados maiores–”

041 “Estansia de Juan Bautista Alzugarai, con un rancho y un corto número de ganados maiores–”

042 “Estansia de Esteban Gomes, sus dos iernos, Miguel de Espinosa y Gerónimo Serpa; con ranchos, labransas, ganados maiores y menores–”

043 “Estansia de Francisco Rodrigues Aguilera, casa; y cor[r]ales, y ganados maiores y menores y car[r]etas de su tráfico–”

044 “Estansia de Francisco Gomes, con casa; cor[r]al ganados maiores y menores–”

045 “Estansia de Pedro Pucheta, con un corto número de ganados maiores y menores–”

046 “Estansia del cordobés Andrés de tal; con ganados, maiores y menores, en corto número–”

047 “Estansia de Francisco Ramíres, con un corto número de ganados maiores–”

048 “Estansia de Antonio de Laensina [Lencina]; sus labransas, ganados maior y menor–”

049 “Estansia del Capitán JPh Albares, con casa; y un corto, número de ganado maior y menor.––”

050 “Juan JPh Taborda. Con un corto número de lecheras y caballos”

[v]

051 “Estansia del Capitán Pedro Gonsales, con ganados maiores, –

052 “Estansia de Ramón Franco, con ganados maiores y menores–

053 “Estansia de Domingo Ernandes, con un corto número, de ganado,––”

054 “Estansia del Capitán Pedró Gereros, con un corto, número de ganado––”

055 “Estansia del cabo de escuadra Luis Ludueña; y su entenado, Juan Ernandes; con ranchos, con corto número de ganados–”

056 “Estansia de Francisco Baldes, y su madre viuda; y su cuñado, Nicolás Godoi, quienes biben juntos, con corto número de ganado.––”

057 “Estansia del Capitán Falcon, con corto número, de ganado––”

058 “Estansia de Joseph Baldes, con corto número, de ganado––”

059 “Estansia de Miguel Ernandes, con corto número, de ganado––

060 “Estansia de Marcelo Jaime, con ganados maiores y menores–”

061 “Estansia de Andrés Rodrígues, con corto número, de ganado––”

062 “Estansia de Santos Ramos, con corto número, de ganado––”

[137]

063 “Estansia de Antonio Monteros, con corto número de ganados Su padre con car[r]etas de su tráfico, un par––”

064 “Estansia de Miguel Sena, con pocos animales y una car[r]eta de tráfico–”

065 “Estansia de Bartolo Morales, con pocos animales–”

066 “Estansia del Capitán Francisco Robleo [¿Robledo?], con ganados maiores y menores––”

067 “Estansia del Capitán Mateo Madera, con ganados maiores y menores––”

068 “Estansia del teniente Pablo Medina, con ganados maiores y menores––”

069 “Estansia del sargento mayor don Antonio Montiel, con ganados maiores y menores––”

070 “Estansia de Pedro Casco, con pocos ganados––”

071 “Estansia de Francisco Soraire, con poco ganado––”

072 “Estansia de Francisco Segobia, con poco ganado––”

073 “Estansia del Capitán Antonio Fernandes con corto número de ganado–”

074 “Estansia de Gerónimo Gomes, con ganados maiores y menores––”

075 “Estansia de Ramón de Olibera, con ganados maiores y menores––”

076 “Estansia de Agustín Caraballo, pardo libre, con corto número de ganado––”

077 “Estansia de Mateo Guardia, con ganados maiores y menores––”

078 “Estansia del Alferes Pablo Banega, con corto número de ganado bacuno y caballos––”

079 “Estansia de Santiago Guardia, con corto número de ganado bacuno, y caballos––”

080 “Estansia del Capitán Juan Gomes de Senturion; con sus labransas corto número de ganado y caballos––”

081 “Estansia ; Martín, Alegre con corta labransa; corto número de bacas y caballos––”

082 “Estansia del Sargento Maior don Alejo Altamirano. Con ganados maiores y menores––”

083 “Estansia del Capitán Juan de [¿Astrido?] con casas y cor[r]al ganados maiores y menores––”

084 “Estansia del Capitán Joaquín Sanchez, con corto número de ganado–”

085 “Estansia; del Capitán Antonio Salasar, ganados maiores y menores, y tropa y car[r]etas de su tráfico,–”

[138]

086 “Estansia de Lorenso Billareal con ganados maiores y menores en corto número––”

087 “Estansia de Usebio de Leiba, con ganado maior y menor en corto número––”

088 “Estansia de Florián de Mendoza con ganados maiores y menores en corto número––”

089 “Estansia del Sargento Maior Don Francisco Ximenes, con ganados maiores y menores y tropa de car[r]etas de su tráfico––”

090 “Estansia de la biuda del difunto Coronel, con mui corto número de ganado––”

091 “Estansia de Francisco Ar[r]uca, con ganados maiores y menores––”

092 “Estansia del Capitán Nicolás Cabral, con ganados maiores y menores y una taona cor[r]iente––”

093 “Estansia de Roque Espinosa, con ganados maiores y menores––”

094 “Estansia de Fernando Gomes, con corto número de ganado––”

095 “Estansia de Antonio Espinosa, con corto número de ganado––”

096 “Estansia de Damaso Espinosa, con corto número de ganado y caballos––”

097 “Estansia de Miguel Gomes, corto número de ganado bacuno y caballos––”

098 “Estansia de Juan Bautista Llan[…roto, v] que una cuadrilla de caballos de […] uio––”

099 “Estansia del Sargento Maior Don Pedro Asebedo, casa, cor[r]ales, con ganados maiores y menores y labransas––”

100 “Estansia de Gaspar Peres, con ganados maiores y menores y labranzas––”

101 “Estansia de Bentura Muños, con corto número de ganado maior y menor––”

102 “Estansia de Bartolo Galarsa, con ganado maior y menor en corto número––”

103 “Estansia de Antonio Biscara, con labransa tragin de car[r]etas ganados maiores y menores––”

104 “Estansia de Juan Tello y un ijo Gerónimo, entre ambos un corto número de ganados maiores y menores––”

105 “Estansia de Dionisio Indio, con labransas con ganados maiores y menores––”

106 “Estansia de Juan Ponse, con ganados maiores y menores––”

107 “Estansia de Diego Baldes, con ganados maiores y menores––”

108 “Estansia de Ugenio Arse, su ierno y su ijo, casados mantienen corto número de ganados maiores y menores––”

109 “Estansia de Lucas Pereira, y su [139] … Lusiano Farías su entenado Adrián de Irala, mantienen un corto número de ganados maiores y menores––”

110 “Estansia de Domingo Malagueño, con labransas y su cuadrilla de caballos––”

111 “Estansia del Capitán Bartolomé Arias, mantiene sus labransas y un corto número de ganados maiores y menores––”

112 “Estansia, de Juan Albares mantiene su cuadrilla de caballos––”

113 “Estansia del Capitán Bernardo Baca, mantiene una cuadrilla de caballos––”

114 “Estansia del Capitán Agustín Ramíres mantiene ganados maiores y menores–”

115 “Estansia del Capitán Joseph Gomes con sus labransas y un corto número de ganado bacuno––”

116 “Estansia de Juan García Ramíres, con sus labransas y un corto número de ganado maior y menor––”

117 “Estansia del aiudante Francisco Leguisamon con sus labransas y un corto número de ganado maior y menor––”

118 “Estansia del Capitán Don Inasio Cabrera con ganados maiores y menores––”

119 “Estansia de Don Juan de Alsugarai, con corto número de ganados––”

120 “Estansia de Don Rafael de Aguiar, en esta gurisdision, que tiene poblada, con ganado bacuno, y en ella misma, la de Antonio Ramos que mantiene un corto número de ganado bacuno y obeguno––”

121 “Estansia del maestre de campo, Don Manuel Masiel, poblada con ganados maiores y menores––”

“Por manera que segun parese, de la nomina son las estansias de los vesinos que tiene esta ciudad en su guridision la que parese sea concluido, mandose detallaban estos autos al Sr. Juez diputado del Ilustre Cabildo para que le conste Y lo firmé con dicho acompañante”

[rúbricas]

Joseph Benegas Francisco de Frías

Jurisdicción e inestabilidad en la ocupación criolla de los territorios: “Coronda y los Arroyos”, una asociación intermitente (1734-1784)

En primer lugar, quisiera retomar una distinción entre espacio y territorio con la cual vengo trabajando desde hace algunos años, tributaria de la antropología jurídica. Siguiendo los planteos de António Manuel Hespanha (1990; 1993), considero que un espacio es una extensión organizada (1990: 77), pero que puede haberlo sido a partir de muy diferentes tipos de agencias –económicas, culturales, religiosas, también políticas–. Pero lo que define al territorio, independientemente de su condición de espacio político, es una vinculación entre un suelo, los hombres que lo habitan y una o varias autoridades que asumen funciones del cuerpo político en el cual dicha comunidad o sociedad se reconoce. Por este motivo, cuando utilizo la categoría territorio estoy refiriéndome a una realidad (geográfica y humana) cuya designación presume la existencia –y eventualmente el ejercicio– de jurisdicción. La realización espacial de las actividades de estos agentes (en general concebidos como autoridades) que articulan esas relaciones entre suelo, población y comunidad política, así como sus cambiantes o estables expresiones institucionales, constituyen un proceso al que me refiero como equipamiento político del territorio. (Barriera, 2006 y 2013 a) Las interacciones que definen los espacios discurren por territorios diversos y, por último, los contornos de unos y de otros pueden encontrar zonas de intersección y coincidencia. La relación entre estas categorías no reviste el carácter de la reproducción de una secuencia: de hecho, las situaciones que pueden presentarse echan por tierra cualquier posibilidad de enfoque evolucionista en este sentido.

En el contexto preciso de la realidad a la que alude la fuente que analizamos (Santa Fe del Río de la Plata alrededor de 1740), la expresión pago designa algunas veces un espacio y otras, un territorio. Por este motivo, su uso por parte de los agentes nos habla alternativamente de realidades espaciales o territoriales cuyos contornos físicos, aunque difusos para el período, son en este caso, como se verá gracias a la introducción de categorías, diferenciables.

Esto se ve con claridad en la expresión “Pago de los Arroyos”. El segundo segmento (el topónimo “los Arroyos”) –que para los bonaerenses tiene un sentido similar– connotaba para los santafesinos un área bastante precisa ya desde la segunda mitad del siglo XVII: una cuenca de drenaje de la llanura fluvial extendida al este del río Paraná desde la desembocadura del río Carcarañá en el Coronda (nombre del brazo occidental de Paraná a esa altura) hacia el sur hasta el arroyo de Ramallo. (17)

Sin embargo, cuando el mismo topónimo se utilizaba para designar un territorio –es decir, cuando lo que importaba era dónde y al mismo tiempo sobre qué población una autoridad podía ejercer actividades jurisdiccionales o dentro de qué contornos los pobladores reconocían y se atenían la jurisdicción de tal alcalde de la hermandad– la expresión tiene una historicidad que, aunque no es lineal, sí es precisa.

El fundador de Santa Fe (Juan de Garay) fijó los términos bajo jurisdicción de la ciudad en 50 leguas a los cuatro vientos. Por entonces negoció la cuestión del oeste con su coetáneo Cabrera (fundador de Córdoba con cuyos hijos se casaron algunas de sus nietas) y él mismo fue el fundador de Buenos Aires en 1580, por lo cual ello no provocó problemas en lo inmediato. Si bien el cabildo santafesino nombraba dos alcaldes de la hermandad para el gobierno de sus campañas desde 1616, sólo desde 1725 aclaró en sus papeles que uno de ellos tenía jurisdicción sobre “la otra banda” (actual Entre Ríos) y el otro sobre “los Arroyos”. (Barriera, 2013 b).

La jurisdicción de don Francisco de Frías (el alcalde de la hermandad de 1725) suponía un territorio que comenzaba al sur del paso de Santo Tomé (distante menos de tres leguas de la plaza central de la ciudad) y que acababa en el Arroyo del Medio. (18)

La historia del territorio no es lineal, y si se considera lo que Moriconi denomina configuraciones eclesiásticas del territorio, puede verse que además, es compleja, porque existen además agencias territoriales solapadas. La erección de un curato con base en la capilla de los Arroyos en 1730 consolidó el topónimo pero lo acotó a un distrito: “…la parroquia de los Arroyos incluía las poblaciones situadas inmediatamente sobre la otra banda de la Cañada de las Hermanas hasta el Río Carcarañá, con todas las poblaciones que se encontraban a ambas orillas del mismo y las de la costa del Paraná pertenecientes a la jurisdicción de la ciudad de Santa Fe” (Moriconi, 2014: 272). Los curas párrocos designados allí desde 1730 fueron también jueces eclesiásticos –esto es, autoridades también ellas jurisdiccionales, productoras de territorio eclesiástico (cfr. los finos análisis de Moriconi, 2012, 2014 y 2014 b).

Entonces, mientras que la espacialización del área corría de la mano del traslado voluntario y forzoso de poblaciones criollas y de pueblos indios hacia la región, así como del incremento de los intercambios comerciales y la producción agraria, “los Arroyos” –como territorio– ganó más densidad conceptual y precisión en sus contornos distritales con el curato que con la designación del alcalde.

Lo concreto es que hacia 1738, cuando Benegas y Frías redactaron el padrón, el espacio regional comprendido entre el sur del Carcarañá y el Arroyo del Medio coincidía con los contornos del territorio eclesiástico (“el curato”), pero para el cabildo, el territorio del Pago de los Arroyos comenzaba en el paso de Santo Tomé y terminaba en el Arroyo del Medio. Prueba de esto es que, cuando el cabildo santafesino designó al alcalde de la hermandad para las tierras del sur en 1734 –fecha cercana a la de nuestro padrón– lo mentó como de “Coronda y Los arroyos”, incluyendo los dos topónimos copulativamente unidos por una y. (19)

Aunque en los años sucesivos la mención quedó abreviada como “alcalde de Los arroyos”, perdiendo el primer segmento del topónimo, hasta 1784 jurisdiccionalmente comprendió todo el territorio ubicado al sur de la ciudad de Santa Fe y al oeste del río Paraná desde el Paso de Santo Tomé hasta el Arroyo del Medio –considerado limes con la jurisdicción bonaerense desde 1721– incluyendo los pagos del oeste (Salado, Ascochingas y los que fueron apareciendo, como Desmochados, el Carrizal, etc.), puesto que la otra jurisdicción sujeta a la ciudad por medio de un alcalde de la hermandad era la de “la otra banda”, que correspondía a “los entre ríos”. (20)

La intermitencia de “Coronda” en el nombre, claro está, es un síntoma al cual debe prestarse atención. Desde 1725 se registran amargas expresiones según las cuales el pago de Coronda se había perdido a manos de los indios; (21) o se afirmaba que Coronda y el Carcarañá “habían sido la retaguardia” de la ciudad. (22) Para 1730, en el contexto de la creación de los curatos de Bajada y Los Arroyos, Moriconi (2014 y 2014 b) ha mostrado de qué manera la agencia eclesiástica acompañó este proceso de las migraciones al sur, durante el cual, a causa de la presión indígena sobre las campañas, las poblaciones de los “ocho pagos” acabaron reunidas en “dos partidos” (Bajada y los Arroyos). (23) Sin embargo, también puede documentarse que la guardia de Coronda no se abandonó del todo: muchas de las familias que se trasladaban entre Santa Fe y Buenos Aires reconocían este pago –y el del Carcarañá, donde recientemente se había instalado la estancia jesuítica de San Miguel– como un punto seguro donde hacer un alto antes de seguir hacia sus destinos –Córdoba, Santiago del Estero o Buenos Aires– o incluso de decidirlos. (24)

En 1726, además, las compañías de milicias del Salado, los Arroyos y Coronda fueron reunidas en la “capilla de Coronda” porque su ubicación se consideraba estratégica, dado que desde allí podía hacerse frente “al enemigo” tanto si decidía avanzar hacia Santo Tomé (al norte) como hacia el Carcarañá (al sur, en dirección a la capilla de los Arroyos, donde todavía no había sido erigido el curato). (25)

Queda claro, entonces, que las menciones a los pagos y partidos conviven pero que podemos distinguir sus usos blandos (o espaciales) y duros (o jurisdiccionales) y, dentro de estos, aquellos que responden a diferentes procesos de territorialización –el secular y el eclesiástico, por ejemplo–, que se proyectan sobre superficies y poblaciones que coinciden como gobernados.

Aunque no es el proceso que aquí se analiza, debe adelantarse que lo mismo que sucedió con las expresiones “pago” y “partido de los Arroyos” ocurrió con la de Coronda años más tarde. Aunque formulada textualmente de ese modo en documentos de diferente tono (las intervenciones del primer cura párroco de Coronda habla del pago como partido, con una fuerte connotación “jurisdiccionalista” por su condición de autoridad), (26) para el cabildo de Santa Fe su escisión jurisdiccional respecto del Pago de Los Arroyos no ocurrió hasta 1784, cuando Coronda tuviera su propio alcalde de la hermandad (Barriera, 2014). (27)

Por último, y aunque la expresión “partido” tiene claras connotaciones jurisdiccionalistas –porque refiere a la acción de dividir un territorio con arreglo a objetivos de gobierno–, es importante subrayar que en los años 1730 no presenta una semántica diferente de la de “pago”.

Todo esto apunta a corregir una proyección que podría denominarse periféricamente cefalocéntrica: en ciertas imágenes historiográficas sobre el pasado de la actual ciudad de Rosario no es infrecuente que las referencias a un pasado para estas tierras remoto (el siglo XVII o comienzos del XVIII) definan la jurisdicción secular del pago de los Arroyos con sospechosa claridad: el río Carcarañá por el norte, el Paraná por el este, el Arroyo del Medio al sur y al oeste la más o menos imprecisa silueta dibujada por la línea de los fortines, (28) proyectando una construcción jurisdiccional cuyo inicio debe datarse en 1784, fecha del “recorte” del partido de Coronda hasta la orilla norte del Carcarañá. Aboguemos entonces para que, así como no se traspone al pasado dieciochesco santafesino el actual perímetro del territorio provincial, tampoco se haga lo propio con connotaciones territoriales que cambiaron sensible y complejamente durante los dinámicos años 1700.

Mapa 1

Mapa 2

 

El léxico de los alcaldes

Planteada la necesaria disquisición sobre el territorio de referencia –es decir, sobre su posible emplazamiento espacial pero también sobre la referencia jurisdiccional de los escenarios de esta reconstrucción y sobre la existencia física de algunos de los hombres de la lista–, me gustaría plantear ahora un análisis del contenido del informe, comenzando por las condiciones de su redacción física tomadas en cuenta como parte de su contexto de producción.

Los autores del padrón, puede leerse de su puño y letra, se declararon a sí mismos gente de mucha pericia. Esto les permitía, siempre según su autoevaluación, hacer la nómina memorialmente, sentados en Santa Fe, sin necesidad de recorrer el territorio –algo que podría considerarse una práctica esperable para conseguir este tipo de información aunque, se sabe, movilidad y nomadismo son igualmente frecuentes entre las condiciones de producción de este tipo de listas durante todo el siglo XVIII–.

Trataré de analizar el documento apelando a un recurso que me permita opacar lo que a primera vista parecen ser sólo datos. En este tramo, en lugar de tomar la descripción como si fuera una fría fuente de información, buscaré aproximarme a la realidad que Benegas y Frías intentaron describir –recuérdese, para el cabildo, que esperaba esta información para distribuir una carga–, mediante la frecuencia con la cual utilizaron algunas palabras o expresiones clave y el sentido que les asignaron.

1) “Estancia”

Esta palabra aparece en las 121 entradas del padrón. Cada una de las unidades es descrita como “la estancia de…”; por lo tanto, es evidente que en el marco de esta nómina, su expresión no reviste ninguna utilidad para distinguir categorialmente unidades productivas. No expresa una valoración cuantitativa (podría esperarse que fuera “más grande que” otras unidades) ni cualitativa. Las descripciones, parcas, muestran de todos modos que algunas eran sólo ganaderas. Pero cuando un productor tenía labranzas y apenas unos caballos o un “corto número” de ganados, su “estancia” no era denominada con otro nombre –podría haberse utilizado “chacra”, por ejemplo. (29) En este sentido, el criterio es diferente del utilizado para confeccionar el padrón ordenado por Bruno Mauricio de Zabala en 1726 para la campaña de Buenos Aires. En dicho instrumento, la información recogida distingue entre chacra y estancia, con datos más precisos que el de 1738, sobre todo acerca de la composición de la unidad familiar. (30)

En el padrón de Benegas y Frías, por lo tanto, estancia –por ser la palabra más utilizada– es en primera instancia la menos útil. Rigurosamente, no constituye un concepto ni una categoría, porque no permite formarse ninguna idea sobre las características de estas unidades productivas rurales. Su uso, claramente, calca la expresión del mandato recibido –hacer una relación de las “estancias pobladas”– para obedecerlo formal y rápidamente.

2) “Ganados”

El mandato de relevamiento completaba la expresión del continente (“estancias”) con su importante contenido: “ganados maiores y menores”. La lectura completa de la nómina complace el pedido, puesto que arroja la imagen de una tierra donde –sobre todo– hay ganado. Constituye el ítem sobre el cual el cabildo esperaba poder hacer pesar la contribución y cobrarla, para luego realizarla en dinero.

La palabra aparece en 99 (noventa y nueve) descriptores diferentes, y en el resto de las descripciones se menciona la existencia de “tropillas”, “caballos”, “ieguas”, “bacas”, “unas lecheras”. Es decir que en prácticamente todas las estancias hay ganado.

Sin embargo, la imagen todavía permanece borrosa. ¿Qué tipo de ganado domina? ¿Y de cuánto ganado estamos hablando en cada caso? ¿Cómo se definen sus propietarios? ¿Se trata de grandes propietarios de ganado? Busquemos ayuda nuevamente en la frecuencia de aparición de las palabras.

En 46 (cuarenta y seis) registros –más de un tercio de la muestra– se dice que los propietarios tienen “ganados maiores y menores”, esto es, vacunos y algunos ovejunos o cerdos –considerado un ganado menor valioso desde los días de la fundación de la ciudad de Santa Fe. Pero son en cambio sólo 57 (cincuenta y siete, algo menos de la mitad) los que tienen ganados mayores y, en algunos casos –15– se menciona la tenencia de unas pocas vacas, sin aludirlas como ganados mayores; es decir que podría tratarse de lecheras o de algunas cabezas sueltas que no eran percibidas como imponibles. No figura ningún establecimiento que registre sólo ganados menores.

El perfil del territorio a gravar se afina un poco más cuando los informantes evocan los caballos, sobre los cuales son muy precisos: los mencionan en 25 ocasiones, pero sólo en 4 (cuatro) hacen referencia a las yeguas –probablemente por su rol indispensable en la producción de mulas, aunque el híbrido no es mentado en ninguna ocasión ni tampoco su otro partícipe necesario, el burro– y únicamente en 3 (tres) ocasiones se refieren a tropas o tropillas. En una zona de pastos buenos en general, su ubicación no era un problema ligado con limitantes como la aridez sino con la proximidad a los sitios de recambio. Los caballos eran indispensables para gobernar los rodeos de vacunos, cuidarlos por las noches, salir a buscar a los “disparados”; complementos indispensables, en fin, del aquerenciamiento como método de “guarda” y la marca de hierro, impuesta desde los primeros días de vida de la ciudad como modo de demostración de la propiedad sobre los animales “quietos”. (31) También lo eran para los desplazamientos individuales o en pequeños grupos, para vigilar durante las noches los campamentos que se hacían durante los viajes, para los mensajes, para la guerra (32) y para tirar las carretas rápidas. Un buen mapa de las postas y la ubicación de los tropilleros de mediados del siglo XVIII es una tarea pendiente que podría acercarnos una imagen más precisa sobre cómo se organizaba este territorio antes de las descripciones con las que contamos para el final del mismo siglo.

En dos ocasiones los propietarios de caballada son anotados como “dones” y tienen graduación militar: uno es capitán y el otro, un sargento mayor. Además, su registro muestra que combinaban la tenencia de tropas de caballos con carretas. La apelación del distintivo apelativo (“don”) responde perfectamente a las reglas de su utilización. Si consideramos que la lista sólo incluye varones (con la excepción de una viuda) y además propietarios o cabezas de unidades productivas, la frecuencia de su aparición es mezquina: se utiliza sólo para 12 hombres entre más de 121, un 10%, y además nueve de ellos lo combinaban con un título que designa rango militar. Está de más decir que ambos alcaldes de la hermandad (el coetáneo a la realización del informe –Benegas– y el exalcalde Frías) también recibían tratamiento de “don” por parte del alcalde de segundo voto y que se asumían como tales cuando se presentaban en primera persona.

El valor de los caballos trasciende las ponderaciones de los criollos: las aciagas reseñas sobre la situación en los alrededores de la ciudad hacia 1726, expuesta muchas veces en clave de guerra –“los infieles”, que son “el enemigo”, dejaron su “habitación natural” 50 leguas al norte de la ciudad y comenzaron a robar ganado, “dar muertes” y realizar entradas hasta transformarse en “…señores de toda la campaña”– (33) deben leerse no solamente en clave del fracaso de “los españoles” (así se llaman a sí mismos los cabildantes en esta y muchas otras ocasiones, en nombre de la parte que gobierna la ciudad) sino también como un éxito de los pueblos guaycurúes, que consiguieron dar una disputa exitosa en un plano que no era el de la negociación. Los santafesinos indican cómo, paulatinamente, las “corridas mensuales” (34) fueron resultando insuficientes pero también cuál había sido la clave del éxito de sus oponentes: la jurisdicción de la ciudad, registró el escribano del cabildo en 1726, está “fuera de los quisios” porque “…el oro más presioso en que se basa su codisia [la de “los indios”] no es el de las alajas ni cosas de estimasion sino es el de los cavallos y ganados…” (35)

Por último, el registro 015 –por sus connotaciones, delicioso– muestra la otra cara de la moneda: “los gaitanes” –una forma paternalista y hasta un poco despectiva para referirse a dos hermanos– no tenían otra cosa que “una tropilla de caballos”. Aparecen señalados como proveedores de caballos pero como hombres sueltos, sin mayor mérito que el servicio que prestaban. A la vista de la nómina y sobre todo de la extensión del terreno, el número de tropas y de tropilleros parece escaso y quizás eso los haya tornado, si no gente digna de respeto y consideración por parte de los “dones”, al menos sí funcionalmente indispensables.

3) Lo cuantitativo al margen de las cifras

Hay dos palabras que, asociadas con el tipo de animales que se lista, dan la clave del perfil de estos propietarios: “corto número”. En efecto, 58 (cincuenta y ocho) de las 121 (ciento veintiuna) unidades productivas tienen ganados mayores o menores en “corto número”. Tengamos presente siempre que estamos frente a la composición de una nómina que precede a la organización de una recaudación cuyo objeto serán casi exclusivamente los animales: desde luego que las tendencias a deprimir o exagerar el número de semovientes bajo tenencia de cada poblador de la campaña podría asociarse con un posicionamiento de los empadronadores respecto del asunto. Sin embargo, lo que nos interesa siempre es componer la imagen que quisieron transmitir y puede afirmarse que, aun cuando nunca consignaron una cifra concreta, en la mitad de las ocasiones los alcaldes se ocuparon de subrayar que estos hombres tenían unos pocos animales, sugiriendo una pobreza a la cual, en su contexto, no me animaría a llamar relativa.

Algo parecido sucede en la lista con las carretas: los alcaldes indican sólo 8 unidades con carretas –casi siempre seguidas de la expresión “de su tráfico”– y sólo en dos ocasiones mencionan una cantidad exacta: para Tomás de Gayoso [017], quien no tendría otra cosa que dos carretas, y para Antonio Monteros [063], de quien recuerdan que tiene “un par”.

4) “Corrales” y ganado quieto

Desde comienzos del siglo XVII, el área fue un escenario fértil para la reproducción del ganado cimarrón. Se extendieron licencias de vaquerías a cuenta del cimarronaje de la zona tanto desde el cabildo santafesino como desde el de Buenos Aires durante toda dicha centuria y los primeros años del siglo XVIII; pero a partir del inicio del proceso de ocupación efectiva de algunas estancias de la zona, que puede datarse en la década de 1660, se registran actividades relacionadas con la domesticación y cría de animales “quietos”, como el rodeo o la construcción de algunos corrales.

En la lista que confeccionan Benegas y Frías no faltan indicios que vayan en dicho sentido: se mencionan, por ejemplo, 14 (catorce) corrales y 7 (siete) establecimientos con vacas lecheras, lo que podría estar denotando unidades domésticas con cierta complejidad o una cierta especialidad de algunos productores en la producción de insumos para una alimentación más variada.

5) “Labranzas”

La necesidad de que el ganado esté “quieto” y la evolución de la construcción de los corrales van de la mano, se sabe, del incremento de los labrantíos, que tienen a los animales sueltos –junto a las plagas como las langostas– entre sus principales enemigos. Pero también de la necesidad de mantener el estado de ese ganado como “quieto”, puesto que su contacto con los cimarrones, que no era infrecuente incluso en los corrales, adonde por las noches podía acercarse ganado orejano, volvía rápidamente salvajes a los primeros.

Para un panorama que es indiscutiblemente pastoril, las 27 (veintisiete) menciones a “labranzas” constituyen un indicio frente al cual no hay que permanecer indiferente: los alcaldes retratan un universo donde existe una cierta diversificación productiva que, sin componer un paisaje de chacras, permite imaginar una población que puede planificar con algún tipo de fundamento dietario su reproducción básica y ampliada. Sin modificar completamente algunas imágenes que se tienen sobre la economía de “los Arroyos” durante el siglo XIX –básicamente, se repite que la misma, al principio marcadamente pastoril, “fue diversificándose”–, me gustaría señalar que, si bien se ha renunciado por principio a obtener de esta descripción datos duros, en la evocación de los alcaldes sí parece evidente que ya a comienzos del siglo XVIII, es decir, cuando la región comienza a ser ocupada con una estabilidad más o menos constatable, la producción o por lo menos las prácticas productivas de los campesinos– nace ya diversificada. De cualquier modo, la presencia de una única atahona en la memoria de los alcaldes morigera cualquier entusiasmo que pudiera alentarse sobre el procesamiento del grano in situ.

6) Las referencias a los pobladores y sus moradas

A pesar de las dificultades que este material propone desde todos sus ángulos, se puede subrayar que en la evocación de estos jueces rurales no son pocas las relaciones que aparecen: recuerdan que tres “estancieros” vivían con sus hijos ya grandes, 6 compartían sus unidades productivas con sus yernos, dos tenían entenados, uno, un mancebo y además recordaron que uno de los dueños de estancia [105, Dionisio] era indio y dos eran pardos [33, Pablo de Vera; 76, Agustín Caraballo]. (36) Otras anotaciones parecen confirmar el sentido de lo que Juan Álvarez quiso expresar con “pago de los capitanes” (Álvarez, 1998) para el de los Arroyos: los alcaldes sugieren que de los 121 propietarios, 29 ostentaban algún grado militar: indicaron que 25 serían capitanes y 4, sargentos mayores.

No son muy generosas las referencias sobre los módulos habitacionales que habría en las estancias para estas personas: se mentan apenas en 36 ocasiones, 29 casas y 7 ranchos, lo cual constituye un subregistro.

¿Cómo utilizar la información que ofrece el padrón?

Por lo expuesto, tomo partido por aprovechar esta fuente en toda su complejidad pero siendo precavido a la hora de convertirlo en un insumo que nos pone en la antesala de una cifra, de un verdadero y creíble número de los hombres para toda una región. Entiéndase bien: precaución no es negación. Lo que sugiero es tomar por buenas todas las prevenciones relativas a la consideración de datos producidos con métodos preestadísticos y por una sociedad claramente preestadística.

Sin embargo, en el origen de este trabajo subyace la necesidad de al menos imaginar una cifra de pobladores para el pago de los Arroyos a partir de esta nómina. Nombrados por los alcaldes en este documento con la expresiva –y aunque hoy arcaica, por entonces frecuente– locución “los habitadores”, la población de estas 121 unidades del vasto sur santafesino, difícil de calcular, muestra no obstante algunas características que no deben soslayarse: en las descripciones, varias veces se consigna la existencia de más de una familia o de familias extendidas, y unas pocas veces, la presencia de algunos hombres solteros.

Claudia García ha notado que en el documento se mencionan 140 personas y Hebe Viglione –su fuente es bibliográfica: la Cartografía de Besio Moreno–, que para la época, en el “pueblo” del Rosario habría solamente 25 habitantes (en Celton, 1997: 176). Más allá de los números, es importante subrayar que hay pocos “ausentes”, que sólo se consigna una viuda al frente de una estancia, que todas las estancias parecen estar funcionando y que, contando propios y entenados, sin sumar algunos trabajadores estacionales que pudieran concurrir en tiempos de tareas puntuales ni los indios de la reducción del Carcarañal, (37) el número de pobladores permanentes que podría ubicarse entre las 9 (nueve) y 11 (once) personas por unidad –con unos pocos picos bajos, como el caso de “los Gaitanes” [registro 015], y algunos altos, como Joseph de Saavedra [registro 029], un hombre que vive con sus dos yernos –allí ya tenemos posibilidad de tres parejas– y su hijo mancebo.

Otro elemento que puede auxiliarnos a la hora de conformar una idea es la actividad parroquial del curato de Rosario: si bien con una tasa de mortalidad infantil (o de morbilidad) alta, ya que muchos de los niños que registra han fallecido al nacer o poco después, he revisado el primer cuaderno del primer párroco de Rosario, que constituiría claramente otra serie con subregistro. Mi recuento indica que este párroco y sus tenientes bautizaron en 1731 y 1740 a 387 niños. Si bien esto no puede traducirse en un registro de nacimientos –puesto que muchas veces se bautizan varios niños a la vez y otras se trata de bautismos de necesidad puesto que los niños habían fallecido al nacer–, nos habla de unos 39 bautismos al año. (38) Un recuento más fino permitirá indicar con precisión la cantidad de nonatos, de hijos naturales y de hijos de la misma pareja (casados o no), pero lo importante es que este registro es un piso, y de este modo aporta un dato más para que los demógrafos, con mejores técnicas, puedan refinar este panorama.

Hombres de armas tomar: cruzando fuentes

Otros elementos –que expondré enseguida– confirman para mí que Benegas y Frías comprendieron el mandato jurisdiccionalmente y también sirven para corroborar que, a pesar del indudable y bien documentado despoblamiento del pago de Coronda, este no fue total. Las familias fueron trasladadas tan al sur como fue posible,(39) pero los varones adultos se movieron a uno y otro lado del Carcarañá: nunca dejaron de tener un pie –ni un brazo armado– en sus tierras, ni un ojo sobre sus ganados, que continuaron pastando en sus terrenos emplazados entre el Arroyo de los Padres al norte y el río Carcarañá al sur.

Lamentablemente, la lista de Benegas y Frías no dice absolutamente nada sobre la ubicación de estas 121 “estancias”. Pero podemos confrontar su información con la que proporciona la nómina de los integrantes de la Compañía de Coronda que asisten a la entrada al valle en 1728.(40)

Entre estos hombres se cuentan Lorenzo Villarroel [en el padrón con el número 003; en adelante, el número entre corchetes alude a su aparición en el padrón de 1738], Domingo Olmos [010], Pedro Montenegro [014], Miguel de Abalos [025], Leonisio de Abalos [026], Juan Gómez [031], Antonio Lencinas [048], Juan José Taborda [050], Pedro González [051], Ramón Franco [052], Gerónimo Gómez [074], Miguel Gómez [097], Ventura Muñoz [101], Bartolomé Arias [111] y Bernardo Baca [113]. Un “Gómez” de la soldadesca, entre los primeros de la lista, podría corresponder a Fernando, Luis, Andrés o Esteban, pero es imposible saberlo por ahora, por lo cual, no se lo incluye.

Puede comprobarse que nada menos que 17 (diecisiete) hombres que participaron de la entrada del Valle (el Chaco) en 1728, registrados en la nómina de la guardia de Coronda, fueron empadronados en 1738 por Benegas y Frías. Podría argüirse que hayan recibido tierras allí como compensación, pero mi hipótesis es que, al contrario, se involucraron en la defensa de esas tierras porque las ocupaban, dado que sobre esta ecuación entre mérito, carga y beneficio descansaba, además, el principio de vecindad que operaba en el imaginario de quienes buscaban asentarse y porque en general las peticiones y los “papeles” venían después de la ocupación: con el servicio, en tal caso, consolidaban su reconocida posesión y cuidaban sus intereses y los de sus familias.

Por otra parte, los servicios militares continuados parecen, además, haber implicado para algunos hombres un ascenso en su rango miliciano: mientras que en 1728 Bernardo Baca, Leonisio de Abalos, Bartolomé Arias y Juan Gómez revistaban como soldados, el padrón de 1738 los registra como capitanes.

El copropietario de Esteban Oroño [001], su concuñado Lucas Cuenca, también figura en ambas listas: este soldado en 1728 fue un connotado vecino de Coronda casado –por el párroco de los Arroyos o por alguno de sus tenientes itinerantes– con Elvira Godoy. Según Guspí Terán, Cuenca y Oroño habían tomado en matrimonio a sendas hijas de Salvador Godoy “y provenían de Coronda.”

Pero no solamente los elencos que aparecen en “la foto” que proporciona la lista de las milicias de 1728 y en la otra que nos provee el padrón de los campesinos de 1738 tienen personajes en común: el fenómeno parece proyectarse también sobre una población más anónima pero no por eso menos importante.

Relevando ciertos aspectos conflictivos del edicto de la creación del curato de los Arroyos dado en Buenos Aires el 30 de octubre de 1730, Miriam Moriconi señaló que aunque “el territorio curatal de Los Arroyos no comprendía el terreno de Coronda puesto que, como bien argumentaba el rector Leiva, no tenía por límites al Río Santo Tomé… […] respecto de las rentas del párroco, el edicto precisa[b]a que la recaudación de las primicias del curato de los Arroyos afectaba a toda la producción de los feligreses aunque estos siembren y cojan el fruto en otro Pago perteneciente a dho curato de la misma jurisdiccion.” (Moriconi, 2014 a: 277). Su observación concuerda plenamente con la hipótesis que sostengo, puesto que la población a la cual está haciendo referencia el edicto como la feligresía que tributará al párroco del Rosario podría ser objeto de disputa si y sólo si esta tuviera sus animales al norte del Carcarañá –esto es, en el espacio del pago de Coronda, territorio del alcalde de la hermandad de Coronda y los Arroyos–, único terreno que merece el carácter de zona gris entre las jurisdicciones secular y eclesiástica santafesina.

Por lo tanto, si bien no tenemos toda “la película” para el pago de Coronda, el fragmento que comienza con un éxodo hacia el sur en 1718 (41) se profundiza en 1724 (42) pero, como se ve, no es absoluto ni en 1730 ni en 1734; puede pensarse, a la luz de los indicios presentados, como un proceso durante el cual el espacio corondino fue materia y terreno de disputa entre los santafesinos y los grupos indígenas que habían recuperado para ellos esa zona. Para nuestro punto de vista, no hay un abandono lato sino que el reflujo de los hispanocriollos sobre este espacio es continuo y con armas en mano, integrando las guardias personalmente o alimentándolas con sus hijos y yernos.(43) Sobre estas bases, discuto cierto consenso historiográfico sobre el total abandono criollo del área entre 1724 y 1749, (44) y propongo en cambio que se trató de un proceso conformado por pequeños avances y retrocesos. De hecho, coetáneamente con la creación del curato de Coronda en 1749, el cabildo de Santa Fe hacía saber su satisfacción por “…haber logrado por la divina providencia la recuperación del terreno de más de veinte y cuatro leguas que antes estubo en poder del enemigo ynfiel y por [estar al] presente poblado de cresido número de vezinos desta ciudad estancias y chacras fundamentadas…”. (45)

¿Qué uso dio el cabildo a esta nómina en 1738?

Felizmente, podemos responder esta pregunta, lo cual no era evidente al principio de la investigación. La misma es afirmativa –en su ejecución– y los intercambios en el cabildo agregan más información sobre nuestros territorios y sus pobladores. (46)

Durante el acuerdo del 15 de noviembre de 1738 se aclaran varias cuestiones. En primer lugar, que la cuota de 1200 pesos para contribuir a la fabricación del Palacio Real de Madrid fue señalada a la ciudad de Santa Fe por la “…ciudad capital de esta provincia…”; es decir, Buenos Aires, cabecera de la gobernación.

En segundo lugar, que las mayores expectativas de absorción de la carga se depositaban precisamente sobre el sur, objeto del padrón que aquí se transcribió y analizó: el regidor Juan de Zeballos expresó claramente que una vez entregada la nómina de los Arroyos, ya se podía proceder al reparto de la carga entre los vecinos. El pago del sur se consideraba, dijo, “el más sustancial en haziendas por su maior numero de vezinos…” mientras que el padrón encargado a Hereñú y Gaete sobre la Otra Banda del Paraná, afirmó Zeballos, podía esperar porque de todas maneras dicho territorio “…se compone de muchos menos vezinos… y está totalmente pobre…”. Por otra parte, algunos vecinos con propiedades en la otra banda residían en la ciudad de Santa Fe, por lo cual ya estaban censados para tributar por parte del alcalde ordinario. (47) Esto es sustantivo porque confirma la tremenda importancia que la ciudad de Santa Fe asignaba al territorio del sur, al punto tal que le harían cargar con un alto porcentaje del tributo.

Tercer elemento: debía procederse urgentemente a la recaudación del gravamen para componer finalmente el donativo porque en ese momento (noviembre) había en la ciudad comerciantes nómades, los únicos que podrían dejar algo de dinero contante y sonante a cambio de lo que se recaudaba en pie por esta carga. Y así lo hicieron: la ciudad –“arruinada” y “exhausta su vecindad”– reunió $513 y a partir de allí se procedió a recaudar lo de los vecinos de los Arroyos la suma de $864, “…no obstante de allar en dhos repartimientos incluidos algunos pobres que según la real boluntad de Ntro Rey y Señor y demás probeydos con vista de la Real zedula por los tribunales superiores deste Reyno debían ser exluidos por tales como lo adbirtió su magestad…”. (48)

Las vaquerías estaban suspendidas, (49) el dinero era escaso, pero la mayor parte salió de los ganados del sur, que rápidamente fueron “reducidos” a dinero por Juan de Zeballos (diputado para tal asunto) tras la recogida a cargo de los alcaldes y de sus suplentes. (50) No se consigna el listado de quiénes finalmente tributaron y cuánto: lamentablemente, la distribución fina no fue proporcionada. Pero sabemos que, al menos en la ciudad, no todos pagaron tranquilamente: Juana Márquez Montiel, esposa de Juan Lacoizqueta, pidió ser exonerada de su carga (50 pesos), por estar embargados sus bienes y los de su marido; otros optaron por dejar la ciudad o, fingiendo pasar a la Otra Banda, huyeron río abajo, y en realidad viajaron hasta Buenos Aires. El 13 de diciembre, el cabildo suspendió las licencias para salir de la ciudad, considerando el “riesgo” de desmembramiento de la vecindad de la misma. (51)

No obstante, la cobranza parece haber sido bastante rápida y exitosa: el 7 de enero de 1739, el regidor Zeballos rindió cuentas indicando que sólo faltaba cobrarle a Francisco de Páez (de la ciudad, ausente) y a Pablo Navaja, también de la ciudad, pero que afirmaba haber contribuido para esta causa ya en Asunción (el cabildo resuelve creerle y admitir su declaración por prueba). El “déficit” sobre lo calculado –un importe conformado por los 1.200$ exigidos a la ciudad y algo más para gastos– rondaba los 6$. Buena cosecha.

Una última consideración sobre el reparto y las proporciones de la carga: la ausencia en el registro de los propios empadronadores no parece algo evidente de suyo. Se manifestó más arriba que tanto Frías como Benegas tenían tierras en el Pago de los Arroyos y eran ganaderos. Para comprobar si eligieron registrarse como vecinos de la ciudad sería preciso encontrar el padrón de la ciudad, que no está ni en las actas, ni en el cuaderno del alcalde de 2do voto ni entre los expedientes judiciales; pero es evidente que podían haber sido incluidos como propietarios del pago de los Arroyos y no lo hicieron. No existe tampoco ninguna ley ni ninguna práctica advertida sobre que los oficiales nombrados por el cabildo pudieran ser eximidos de la carga. Por el momento no parece haber una explicación; sólo una sospecha –que podría ceder ante cualquier otro indicio– acerca de una autoexclusión conveniente.

Reflexiones finales

Este trabajo, aunque ha señalado la existencia de otros registros similares, no tuvo por objeto la puesta en relación de este padrón con otros, sino el de componer un insumo fiable y crítico para permitir un ulterior trabajo comparativo en términos de historias de las listas, (52) historia de la población, (53) la historia rural colonial rioplatense y sus vínculos con los procesos de equipamiento del territorio y la historia de las tecnologías de gobierno.

En este último sentido, y a pesar de que no se partió de una metodología rígida sino de una suerte de sentido común historiográfico sobre lo que podría ser la máxima explotación en la lectura de la fuente, se espera haber realizado también una contribución metodológica. Por una parte, aparecen contempladas y atendidas las seis variables que Adela Salas enumera en su atractivo artículo sobre este tipo de fuentes: hemos considerado los fines, el universo, el léxico, los empadronadores, el espacio geográfico y el espacio temporal (Salas, 2008). La autora señala la necesidad de que las fuentes (o los trabajos sobre las mismas) consideren al menos estas variables para poder establecer comparaciones fiables. Sin embargo, en el trabajo se intentó incluso superar este repertorio, discerniendo categorías para lo que Salas resume como geográfico y/o cruzando informaciones vitales en materia de historias de vida a partir del recurso del examen de otras fuentes coetáneas o de trabajos de colegas que iluminan nuestro recorrido analizando, por ejemplo, procesos de territorialización tan relevantes para una historia total desde el enfoque jurisdiccionalista como son los trabajos de Moriconi sobre las configuraciones eclesiásticas.

El padrón que aquí se transcribió y analizó es ciertamente una lista práctica, surge de la confección de un elenco (Eco, 2009: 113 y ss.) sobre el cual debe ejecutarse una orden de gobierno. En este sentido, puede verse la gran diferencia con los planteos de Foucault acerca de la relación originariamente recursiva entre la estadística y la policía. (54) La misma surge nítida con argumentos que pueden extraerse del mismo texto del Profesor del Collège de France: en el marco de una formación política estatal, la lista hubiera estado guiada por una pretensión de precisión: el exacto número de los hombres, el exacto dato del comercio que llevan, la real localización de las unidades productivas. Nada de esto orienta la nómina de Joseph de Benegas y Francisco Frías, quienes repasaron el territorio de su gobierno sentados frente a frente, hábiles en el uso de técnicas de la descripción que eran allí y entonces completamente admisibles como tecnologías de gobierno y, como la realidad demostró, perfectamente útiles para los fines propuestos.

Notas

(1) Problemas señalados en trabajos canónicos como los de Fleury y Henry (1956 y 1965); Henry (1967); Flinn (1981) o del fundador del Cambridge Group for the Study of Population and Social Structure en 1964, Peter Laslett (1972).

(2) 2 Algunas palabras sobre la fuente que aquí transcribo y analizo, en Viglione (2003, 2005 y 2008) y García (1997), donde las fuentes del período están bien caracterizadas.

(3) Interesantes reflexiones metodológicas para los padrones de finales del siglo XVIII, en Solano (2013).

(4) El que corresponde a la contribución de la ciudad de Guayaquil y su campaña, por ejemplo, está en Archivo de la Secretaría Municipal de Guayaquil, Documentos Varios, III, y ha sido publicado por Michael T. Hamerly (1979).

(5) En este sentido, la discusión pone en juego las visiones de Manuel Cervera, Juan Álvarez y Alcira Marioni Berra. La mirada es tributaria de los objetivos que organizan mi plan de investigación desde hace algunos años en CONICET, tanto en forma individual como colectivamente.

(6) Un gran disparador fueron los trabajos de Costa (1969) y Hespanha (1993). En la Argentina, desde la historia del derecho, fueron fundamentales los trabajos de Carlos María Storni y Abelardo Levaggi; últimamente, en la convergencia que supone la construcción de una historia social de la justicia, este enfoque dialoga con los trabajos de Mariana Canedo, Antonio Galarza o Agustín Casagrande sobre el Río de la Plata; los de Alejandro Agüero sobre Córdoba; los de Gabriela Tío Vallejo sobre el Tucumán; los de Eugenia Molina e Inelén Sanjurjo sobre Cuyo; los de Julián Andrei Velasco Pedraza sobre Nueva Granada; los de Víctor Gayol y Rafael Diego-Fernández de Sotelo sobre Nueva España o los de Federica Morelli sobre el territorio luego ecuatoriano del virreinato de Nueva Granada.

(7) Un punto de partida innegable son las reflexiones de Michel Foucault (2006), que tanto iluminan como llaman a la discusión. Más inspiradores son los trabajos de Marie-Vic Ozouf-Marignier (1989) y los de Brigitte Marin (2012). Para el Brasil, están en sintonía con estos enfoques los trabajos de Cláudia Damasseno Fonseca (2003), y para el Río de la Plata, con una perspectiva tanto más interesante puesto que estudia las acciones jurisdiccionales eclesiásticas como agencias productoras de territorio, la tesis doctoral de Miriam Moriconi (2014 a), dirigida por María Elena Barral.

(8) Francisco de Frías había sido alcalde en tres oportunidades antes de ese año (en 1717 como reemplazante; 1725 y 1736) y luego lo fue tres veces más, en 1742, 1745 y 1748, año de su deceso.

(9) Archivo General de la Provincia de Santa Fe [AGSF], Actas Capitulares [AC], Tomo X, ff. 437 v-438, sesión del 6 de noviembre de 1738.

(10) El correspondiente a Buenos Aires, según la ubicación que cita en su trabajo Adela Salas (AGN, legajo Buenos Aires, Padrones 1726-1729), no aparece en la descripción normalizada de la referencia ofrecida por el AGN en Fondos documentales. Período colonial. Al contrario, en su descripción se omite y constituye claramente una laguna: “Los padrones más importantes que conserva este Archivo General de la Nación son los de 1726, 1744, 1756, 1766, 1788, 1779, 1806, 1810, 1812 y 1818”, p. 66. Para el caso de Chile, el documento se encuentra en Archivo Nacional Histórico, Santiago, R.A., vol. 666, e impulsó un registro más ambicioso: aunque territorialmente sólo afectó a las poblaciones de Santiago y al norte, comprendió a todas las castas y especificó los datos de bienes raíces y muebles (Araya Espinosa, 2010: 337).

(11) Departamento de Estudios Etnográficos y Coloniales de Santa Fe [DEEC, SF], Expedientes Civiles [EC], Tomo XXV, leg. 179, f. 133.

(12) El cabildo mandaba que “…se traiga rason de las Jurisdicciones de los Arroyos y otra Vanda del Paraná de los vecinos que existen, de conbeniensia, medios deque gosan: lo que se practicara en el partido de los Arroyos por medio del Alcalde de la Santa hermandad Joseph de Vanegas y el Sgto mayor don Francisco de Frías respecto del conocimiento que deben tener de aquel partido…” DEEC, SF, EC, XXV, 179, f. 130 v. Bajo el mismo supuesto, para la otra banda el padrón fue encargado al alcalde de la hermandad Santiago de Hereñú y al capitán Francisco de Gaete.

(13) DEEC, SF, EC, XXV, 179, f. 136.

(14) Disiento en este punto de H. Viglione, quien ubica el origen de este documento en un “…acto administrativo eclesiástico, como la ubicación de la capilla y registro parroquial…”, (“Familias sin hombres…”, cit., p. 103). Si esta misma fue luego utilizada como base para cualquier acto eclesiástico o incluso para imponer diezmos de cuatropea –lo cual habría que mostrar y demostrar–, esto no invalida el origen claramente seglar de la imposición que generó el padrón.

(15) DEEC, SF, EC, Tomo XXI, leg. 173, f. 133 v., énfasis mío.

(16) Se utilizaron las normas de transcripción documental fijadas en la Primera Reunión Interamericana de Archivos (Washington, octubre de 1961), según la reproducción de Branka Tanodi, 2000. La lista no es numerada. Luego del primero, cada uno se inicia con un “Yten”; la numeración es mía, para producir identificadores.

(17) Santafesinos y bonaerenses coincidían en nombrar así a las tierras comprendidas entre el arroyo de Ramallo (al sur) y el río Carcarañá (al norte). La diferencia será, como explicaré enseguida, jurisdiccional. Geomorfológicamente, Pasotti (1972) aseguraba que dicho diseño se extendía hasta el río Arrecifes.

(18) El limes del Arroyo del Medio como separador de la jurisdicción de los cabildos de Santa Fe y Buenos Aires fue acordado, con base en un deslinde entre privados pero con concurrencia de ambos cuerpos políticos a través de sus alcaldes de la hermandad en 1721. Del “lado santafesino”, quedaron así, de norte a sur, los arroyos San Lorenzo, Ludueña, Saladillo, Frías, Seco, Pavón y la margen norte del Arroyo del Medio. Los extensos aledaños del Arroyo del Medio fueron objeto de conflictos judicializados y de prácticas cotidianas que demuestran cierta labilidad de los limes. La historia desde el punto de vista del cabildo de Buenos Aires (y también de las transacciones entre Gayoso y Vera Mujica que dieron lugar a la posterior designación del arroyo de Gayoso como “Arroyo del Medio” en 1721), está muy bien contada y analizada en Canedo (1993). Apreciaciones sobre los conflictos judicializados en Manavella y Caputo (2001). Sobre la indefinición que suponía para los agentes, cfr. Canedo 1993 y Viglione 2005.

(19) Fue el sargento mayor Pedro de Acevedo. Paraná. AGSF, ACSF, Tomo X, fs. 190 a 192. Sobre que se los designaba con cierta especificidad desde 1725, Barriera (2013 a). Basándose en Zorraquín, Manavella y Caputo (2001: 52, nota 4) sostuvieron equivocadamente que la especificación de jurisdicciones de 1725 separó Coronda de Los Arroyos.

(20) Parece quedar en un cono de sombras el de Rincón. No obstante, este pago quedaba muy cerca de la ciudad (dos leguas) y de camino al de Bajada sólo había que desviar unos metros a la izquierda, por lo que en la resolución concreta de los conflictos que allí se verificaron alternaron el alcalde designado para la otra banda o algún comisionado del propio cabildo. Hacia los años 1730 se registran como “pagos” (en un sentido espacial y no jurisdiccional) los de Arroyos, Coronda, Rincón, Ascochingas, Salado arriba, Salado abajo, Cululú y Bajada.

(21) AGSF, AC, Tomo IX, IX f. 270.

(22) AGSF, AC, Tomo IX, f. 344 v, sesión del 20 de setiembre de 1726.

(23) La referencia la constituye un pedido al Gobernador del Capitán de Dragones Palafox solicitando recursos para frenar la despoblación de las campañas santafesinas. Este hombre alude a “los Pagos del Salado”, “el Cululú”, “Rincón”, “Ascochingas” y “Coronda”. AGN, IX, 4-1-1. Santa Fe, 13 de noviembre de 1730, en Moriconi, 2014 a: 222.

(24) Por ejemplo, el testimonio del alcalde Juan de Zeballos en la sesión del 16 de octubre de 1725 sobre “los que desertan” de la ciudad. AGSF, AC, Tomo IX, IX f. 287 v.

(25) AGSF, AC, Tomo IX, ff. 319 y ss.

(26) Archivo del Arzobispado de Santa Fe, Informaciones Matrimoniales, Coronda, Tomo I. Las primeras informaciones hablan de sujetos que brindan su informe de soltería en el “partido de Coronda” (sic), i. e., f. 1, 2 y 3 (año 1752).

(27) Es relevante que, mientras que el Pago de Coronda se deslindó del de los Arroyos (1784), el territorio y la feligresía del curato del mismo nombre (1749) se recortaron de la iglesia matriz de la ciudad de Santa Fe (Moriconi, 2014 a).

(28) Por ejemplo, Álvarez (1998: 27 y pássim); Bidut, Caula y Liñán (1998: 23). En esto, Manavella y Caputo son cuidadosas. Canedo ve con claridad el límite norte de “los Arroyos” en Carcarañá, pero su mirada es espacial y no jurisdiccionalista, por lo cual no yerra.

(29) No obstante, el paisaje que los alcaldes pintan sobre el territorio deja una impresión que podría permitir pensar en esa fórmula (Garavaglia, 1993: 126).

(30) Levantado como acto preliminar para la selección de hombres y mujeres que llevaría al poblamiento de Montevideo, recientemente fundada sobre la base de pobladores venidos de Canarias y la Península. AGN, Sala IX, 9, 7, 5. 71 ff.

(31) Había algunos métodos para que no se disparase la caballada: los “españoles” lo hacían atando los caballos, pero los mocovíes por las noches les ataban las patas delanteras con unas sogas que hacían torciendo colas de caballos. Florián Paucke, Hacia allá y para acá, Primera Parte, cap. XIV, p. 142.

(32) En plena organización defensiva contra los ataques “del enemigo infiel”, el cabildo obligó a cada vecino a tener “…cuatro caballos listos para la guerra…”, ACSF, AC, Tomo IX, f. 345, sesión del 20 de septiembre de 1726.

(33) AGSF, AC, Tomo IX, f. 344, sesión del 20 de septiembre de 1726.

(34) AGSF, AC, Tomo IX, f. 343 v, sesión del 20 de septiembre de 1726.

(35) AGSF, AC, Tomo IX, f. 344 v, sesión del 20 de septiembre de 1726.

(36) En 1728 Caraballo formaba parte de la “compañía de mulatos” (Cervera, 1977, I: 471).

(37) La Reducción del Rosario de Carcarañal no está contemplada. Los indios que comprende este cálculo son indios libres o de servicio que habitaban con los demás grupos contabilizados.

(38) Archivo del Arzobispado de Santa Fe, Parroquia de Nuestra Señora del Rosario, Bautismos, libro 1. Consultado en www.beta.familysearch.org

(39) Es el caso de los Ludueña, los Farías, los Alzugaray y los Villarroel; Benegas iniciaba el mismo camino. De los Baldes podemos decir con precisión que tenían tierras en los Arroyos y cerca de la capilla del Rosario (concretamente, en el paraje del Saladillo). Antonio y Diego Baldes [107] (hermanos) las vendieron en 1736 a Pedro González [051]. Fue testigo de esta transacción otro corresidente evocado por los alcaldes, Joseph Álvarez [049]. AMHRJM, Rosario, Escrituras, Tomo I, leg. 24.

(40) La lista de la Compañía de Coronda en 1728, en Cervera (1979: I, 470), y se transcribe como Anexo.

(41) Esta población, a su vez, provenía mayoritariamente de la región del Salado, y se había movido por la presión indígena sobre sus tierras desde finales de siglo XVII y comienzos del XVIII.

(42) En general, se asume que el pago de Coronda se despobló casi totalmente hacia 1724, cuando sufrió la invasión de los abipones en febrero y el saqueo de bandoleros provenientes de Córdoba en noviembre (Cervera: 1979, I: 434-435).

(43) Sobre el posible origen de los recursos para solventar estas milicias en el texto de una Real Cédula de enero de 1717 –siguiendo el informe Aguiar-Caminos (1780)–, Areces (2002: 606).

(44) Basado sobre todo en la reiteración de afirmaciones de Alcira Marioni Berra –que la historiadora decana de Coronda sostenía al menos hasta hace muy poco (2005). Guspí Terán (2004: 129) sostiene lo mismo pero sugiere que los pobladores de Coronda que bajaron a los Arroyos entre 1724 y 1749 en este último año “regresaron”, lo cual podría significar un reconocimiento sobre que nunca habrían abandonado del todo sus tierras y animales.

(45) AGSF, AC, sesión del 24 de octubre de 1749, Tomo XII A, f. 77. Los énfasis me pertenecen.

(46) En algunos casos, incluso impulsan movimientos coherentes con el proceso de poblamiento en el área. El día anterior a la entrega de la nómina por parte de los alcaldes de la hermandad de los Arroyos, Manuel Maciel [registro 121 del padrón] pidió al cabildo la concesión de una merced de dos leguas de tierra en los Arroyos donde, dice, ya tiene estancia fundada. El cuerpo se las concedió, no sin remarcar que eran realengas, que una vez señalados los lindes no había oposición y que el solicitante las merecía. AGSF, AC, Tomo X, f. 439, sesión del 11 de noviembre de 1738.

(47) AGSF, AC, Tomo X, f. 440, énfasis mío.

(48) AGSF, AC, Tomo X, f. 446 r y v.

(49) Auto del Gobierno de Buenos Aires del 3 de septiembre de 1737, AGSF, Cédulas Reales y Provisiones, II, f. 209.

(50) Zeballos tenía una larga experiencia haciendo negocios con ganado de la ciudad y propios desde 1720. En 1740, el gobierno de Buenos Aires lo comisionó para intervenir en un asunto ligado al contrabando de mulas. El juicio a que dio lugar la operación desmontada por Zeballos (y las articulaciones con aliados y enemigos en Santa Fe) fueron analizados en el capítulo 5 de la tesis doctoral de María Celeste Forconi (2013).

(51) AGSF, AC, Tomo X, ff. 447 y ss.

(52) Eco (2009). También, el proyecto que animan Grégoire Salinero y Christine Lebeau en la Sorbonne, objeto de un coloquio celebrado en Casa de Velázquez (Madrid) el 29 de abril de 2013, cuyos resultados serán editados próximamente bajo el título: Por una historia de las listas en la época moderna (siglos xv-xix).

(53) Para complementar y confrontar, por ejemplo, con los trabajos del grupo de Historia de la Población dirigido por César García Belsunce en la Academia Nacional de la Historia.

(54) Después de argumentar las razones por las cuales, durante la segunda década del siglo XIX, un Estado (el francés) necesita una estadística, y que esta es posible gracias a la policía, Michel Foucault (2006: 361) sintetiza: “La policía hace necesaria la estadística, pero también la hace posible”. Nótese que, obviamente, habla de la policía como el modo de pensar el buen gobierno, la política y no de la institución policial como fuerza de seguridad pública.

 
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ANEXO I

Compañía de Coronda (1728), en Cervera, 1977, I: 470-471.

Capitán Francisco de Saravia

Teniente Francisco Romero

Alférez Luis de Insaurralde

Ramón Taboada

Abalos

González

Ramírez

Garzón

Gómez

Pedro Ramos

Gerónimo Gómez

Pedro González

Gabriel de Melo

Marcelo Calderón

Lázaro Calzada

Bernardo Baca

Ramón Franco

Vicente Carballo

Pedro Montenegro

Ventura Muñoz

José de Leyes

Miguel de Abalos

Antonio Lencinas

Pedro Álvarez

Lázaro Quiroz

Eusebio Díaz

Lucas Pereira

Lorenzo Villarroel

Laureano Frías

Juan José Taborda

Lucas Cuenca

Eugenio de Arce

Diego de Medina

Miguel Gómez

Adriano de Ayala

Domingo Olmos

Andrés Ramírez

Ventura Arias

Bartolomé Arias

Baltasar Castro

Juan José Figueroa

Mateo Salinas

Antonio Ibarra

Diego Barrasa

Juan Gómez

Recibido: 9 de marzo de 2014.
Aceptado: 27 de noviembre de 2014.
Publicado: 29 diciembre de 2014.

 

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